Es una tradición centenaria que se ha repetido en todas las bodas reales desde que Carlos II, mediante la Real Pragmática (legislación en materias donde no participaban las Cortes y era el Rey o gobernador quien podía establecerlas) necesitaban el consentimiento paterno o de personas que hiciesen representación del mismo.
En 1803, la norma establecía que los padres no estaban obligados a explicar por qué su disenso. Aún así la Constitución Española establece en el art. 57.4 que “aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeran matrimonio con la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes”.
Sabías que para casarse en la casa real tienen que pedir permiso

11
Ago